La DIAN recibió una solicitud para reconsiderar un punto del Oficio 004637, relacionado con el Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) tras la declaración de inexequibilidad por la Corte Constitucional de algunos artículos de la Ley 2277 de 2022.
La Corte Constitucional, en una sentencia de 2023, declaró inexequibles ciertas tarifas del régimen SIMPLE para consultoría y profesiones liberales, así como para servicios de educación, salud y asistencia social, reviviendo las tarifas anteriores de la Ley 2155 de 2021.
Los solicitantes argumentaron que aplicar las tarifas revividas podría ser económicamente desastroso para los contribuyentes del SIMPLE, afectando la buena fe, la confianza legítima y la seguridad jurídica.
La DIAN justificó la reviviscencia de la norma anterior para evitar un vacío normativo y proteger los derechos de los contribuyentes. La Corte explicó que la reviviscencia es necesaria para garantizar la supremacía constitucional y la seguridad jurídica.
El pronunciamiento objeto de reconsideración concluyó que:
- Consultoría y Profesiones Liberales: Los contribuyentes del SIMPLE para el año gravable 2023 deben aplicar la tarifa del artículo 42 de la Ley 2155 de 2021.
- Educación, Salud y Asistencia Social: Estos contribuyentes deben aplicar la tarifa del numeral 3 del artículo 42 de la Ley 2155 de 2021, no la tarifa inexequible.
La DIAN destacó que la inexequibilidad tiene efectos inmediatos y que la tarifa revivida debía aplicarse desde diciembre de 2023. Confirmó que el contenido del Oficio del 5 de marzo de 2024 es acorde con la decisión de la Corte Constitucional en la sentencia C-540 de 2023. Ver Concepto DIAN No. 893 de 2024.
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