La Corte Constitucional evaluó si las modificaciones si las tarifas diferenciales del impuesto sobre la renta para los usuarios de zona franca violaban los principios de igualdad y equidad tributaria y concluyó:
concluyó que la diferencia de trato:
- Fomenta la exportación.
- Corrige asimetrías tributarias.
- Reduce la carga fiscal de exportadores, mejorando su gestión financiera.
- Facilita la competencia con empresas extranjeras.
Por estas razones, la Corte declaró exequibles las normas analizadas.
Ver comunicado de prensa de la corte constitucional de junio 5 de 2024
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