A partir del 1 de agosto de 2024, el formulario 350 tendrá tres cambios importantes:
- Se deberá separar o discriminar las retenciones practicadas a personas jurídicas y naturales.
- Se introducen casillas especiales para retenciones por compras de hidrocarburos, carbón y otros productos mineros, así como para autorretenciones por los mismos conceptos.
- Se actualizarán los conceptos relacionados con pagos al exterior bajo convenios para evitar la doble imposición. Se añade la retención por pagos al exterior a contribuyentes con presencia económica significativa en Colombia.
Además, el sistema registrará los datos de manera secuencial para facilitar su diligenciamiento. Se recuerda que las correcciones antes de esta fecha deben realizarse utilizando el formulario vigente sin estos cambios.